Concesionarios solicitan suspensión de obligaciones por la pandemia

Ante el aislamiento social obligatorio, las obras de construcción programadas en proyectos concesionados quedaron paralizadas, frente a ello, 17 empresas concesionarias de infraestructura de transporte han solicitado la suspensión de sus obligaciones por causa de fuerza mayor, informó la presidenta del Organismo Supervisor de la Inversión de las Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán), Verónica Zambrano.

Precisó, que de los 32 concesionarios que supervisa el Ositrán, solo 17 han solicitado la suspensión de algunas de sus obligaciones por causa de fuerza mayor; dos de ellas mencionan la pandemia y el resto considera como hecho de fuerza mayor la emisión del decreto de urgencia que declara el estado de emergencia en el país.

La titular del Organismo Regulador explicó que, teóricamente, un caso de fuerza mayor es un evento extraordinario, impredecible, que a pesar de los esfuerzos que se puedan hacer, coloca al concesionario en una posición de incumplimiento, aún, cuando la pandemia entre en esta calificación. Aclaró que se revisará cada solicitud y que se requerirá que en los alegatos, los concesionarios acrediten cómo sus obligaciones se han visto impactadas directamente.

Respecto a la ley que suspende el cobro de peajes a nivel nacional durante el estado de emergencia, la presidenta del Ositrán manifestó que a la fecha hay la intención de un concesionario de red vial de efectuar un reclamo ante un tribunal arbitral como consecuencia de esta ley.

Dos concesionarios han indicado que se reservan el derecho de invocar a cualquier medio contractual previsto en el contrato y también adoptar las acciones legales que se consideren. Y otros están instando al Ministerio de Transporte y Comunicaciones a tomar las acciones necesarias en el caso.

Como se sabe, el Poder Ejecutivo presentó este miércoles, una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31018, que suspendió el cobro de peajes a nivel nacional. Uno de los argumentos centrales que señala la Procuraduría es que la ley aprobada modifica los términos previstos en los contratos de concesión, contraviniendo el artículo 62.° de la Constitución.

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