¿Cómo están protegidos los practicantes pre y profesionales?

Los meses de noviembre y diciembre son dos momentos del año en el que el flujo de ofertas de empleo se incrementa, lo que representa una enorme oportunidad para que los jóvenes peruanos que cuenten con una carrera profesional decidan realizar sus prácticas laborales en una empresa.

Esta modalidad de ingreso al mundo profesional sigue vigente, un claro ejemplo de ello es que en el primer semestre del 2019, el 84% de los convenios de Modalidades Formativas Laborales que fueron registrados ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, corresponden a convenios de prácticas pre profesionales y profesionales.

Sin embargo, estos jóvenes que recién empiezan a laborar desconocen qué beneficios y derechos tienen, por ello, es necesario que sepan que por ley tienen derecho a un seguro que cubra los riesgos de enfermedad y accidentes, cuyo costo debe ser asumido íntegramente por la empresa.

Es decir, si él o la practicante gana S/930 (sueldo mínimo) los gastos de curación para enfermedad ascenderán hasta S/13,020 y los gastos de curación por accidente a ascenderán hasta S/27,900. En caso el o la practicante fallezca o sufra una invalidez permanente total se le deberá brindar una indemnización de S/ 27,900. La cobertura variará dependiendo de la remuneración que perciba el o la practicante.

¿Qué coberturas tiene el seguro FOLA?

Emergencias accidentales ambulatorias: En caso de situaciones repentinas e inesperadas que ponen en peligro tu vida o en grave riesgo tu salud, y requieren atención médica ambulatoria, se cubrirá al 100% los gastos generados por este tipo de atenciones.

Atenciones ambulatorias: Cubre las consultas médicas, exámenes clínicos, rayos X y curaciones, entre otras, que no requieren tu internamiento.

Atenciones hospitalarias: Cubre las atenciones en las que debes permanecer internado en un centro de salud por indicación médica.

Oncología: Cubre los gastos generados por el tratamiento del Cáncer.

Sepelio: Los gastos por concepto de funeral serán cubiertos por el seguro, siempre y cuando haya sido a consecuencia de una enfermedad o accidente cubierto en la póliza.

Atenciones oftalmológicas: Atenciones y consultas relativas al cuidado de tu visión.

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