AAP plantea soluciones técnicas para taxis colectivos
“La única oferta de transporte que se puede tolerar transitoria o permanentemente es aquella que cumpla estándares mínimos de calidad y seguridad», sostuvo Adrián Revilla, Gerente General de la Asociación Automotriz del Perú al comentar la reciente resolución del Ministerio de Transporte y Comunicaciones que crea el Padrón de prestadores del servicio de transporte de personas en automóvil colectivo.
La Asociación Automotriz del Perú (AAP), gremio representativo del sector formal automotor peruano, plantea algunas recomendaciones puntuales para ser tomadas en cuenta en la elaboración del reglamento de la Ley N° 31096 que formalizó hace más de un año el servicio de transporte en auto colectivo.
La reciente disposición emitida por el MTC solo dispone efectuar un empadronamiento para dimensionar la oferta, no autoriza el servicio, pero el transporte de personas no se regula por la oferta sino por la calidad y seguridad del servicio. Por ello, refirió Revilla, para abordar el problema y buscar soluciones reales y de largo plazo, «el gremio automotor propone que en el reglamento se precise claramente que no se debe admitir carrocerías SUV, multipropósito (Van) o hatchback, sino (temporalmente) sedanes o station wagon, tal como lo establece la Ley N° 31096; no obstante que el objetivo a largo plazo no debe cambiar, y es que el servicio debe ser prestado en vehículos adecuados para dichos fines y diseñados de fábrica para recorrer distancias largas en principio en vehículos de mayor capacidad que uno de la categoría M1».
En atención a ello, el otro tema crucial está referido a las rutas. Para este servicio en particular, de naturaleza excepcional y temporal, las distancias deben restringirse a recorridos cortos. Las vans y SUV’s (M1) no están fabricadas para grandes esfuerzos de funcionamiento. En ningún caso se debe autorizar rutas que excedan las jornadas de conducción y la autorización debe ser únicamente para rutas desatendidas.
En cuanto al tema de las autorizaciones, Revilla señaló que las autorizaciones solamente deben darse en caso de ausencia o deficiencia de oferta con vehículos de categoría M2 o M3 (buses con capacidad para más de 8 pasajeros además del conductor).
No podemos repetir errores del pasado y convertir lo temporal en permanente, dijo, por eso es importante acotar lo más posible el servicio. «La AAP propone establecer restricciones para que solamente se puedan formalizar vehículos nuevos y simultáneamente dictar medidas que incentiven la sustitución progresiva por vehículos de mayor capacidad», anotó tras señalar que de esta forma también se promueve la renovación del parque automotor.
En cuanto a la seguridad, un tema muy sensible para los peruanos es importante que se precise claramente las condiciones mínimas de seguridad que deberán ofrecer los vehículos que den este servicio. Así, dijo Revilla, todas las unidades autorizadas deben cumplir como mínimo las siguientes medidas de seguridad: Sistema antibloqueo de frenos (ABS), cinturones de seguridad de tres puntos para todos los pasajeros, bolsas de aire (airbags) por lo menos para piloto y copiloto, GPS para facilitar fiscalización y consolidar un sistema interconectado de control electrónico y sistema electrónico de control de estabilidad (ESC o ESP).
«Con estas sugerencias técnicas al MTC, que hacemos públicas, la Asociación Automotriz busca promover una estrategia que combine la fiscalización efectiva y al mismo tiempo un desarrollo saludable del mercado de transporte terrestre masivo, moderno, sustentable, seguro, ordenado y eficiente, que tenga en cuenta las diversas realidades viales de todo el territorio nacional y en beneficio de todos los peruanos. No podemos saturar las vías porque ello genera siniestros viales, cuantiosas pérdidas económicas, contamina el aire que respiramos y precariza más la calidad de vida de los ciudadanos», finalizó Adrián Revilla.