¿Cómo calculo mi liquidación por renuncia o despido?

La pregunta que en algún momento todo colaborador se realiza es cómo calcular la liquidación en el trabajo. Se trata de un beneficio económico que puede variar de acuerdo al escenario que se presente, ya sea por renuncia o despido.

A propósito del Día Internacional del Trabajo este domingo 1 de mayo, Germán Lora, profesor experto en materia laboral de ESAN Graduates School of Business, presenta una guía simple para entender qué es la liquidación y cómo calcularla en ambos casos.

¿Cuál es el plazo de pago de una liquidación?

Según la legislación peruana, el pago de la liquidación de beneficios sociales se realizará dentro de las 48 horas hábiles de terminada la relación laboral. De lo contrario, empezará a computarse los intereses laborales fijados por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

¿Qué sucede en caso de una renuncia?

Si se tratase de una renuncia, se reciben los beneficios que se han producido hasta la fecha de cese, denominados “beneficios truncos”. Se considera el pago por remuneración a la fecha, CTS, gratificación y vacaciones adelantadas (récord trunco vacacional), así como también, todos los beneficios pendientes al día de haber terminado el vínculo laboral.

No obstante, es necesario mencionar que si existe un acuerdo entre el empleador y el trabajador, la liquidación de beneficios sociales podría incluir un concepto adicional. Esto resulta ser un pago al trabajador para aceptar lo pactado, lo que se percibe como un concepto de gratificación extraordinaria.

¿Cómo proceder si se trata de un despido?

En caso de un despido, se genera una indemnización que comprende un sueldo y medio por año de servicio, con un tope de 12 sueldos por ley. Por ejemplo, si un trabajador lleva dos años en una empresa, le corresponden tres sueldos como indemnización; y en caso de tener 30 años laborando en el mismo lugar, su indemnización no puede ser más de 12 sueldos.

Es necesario considerar si además de los beneficios legales, hay otros beneficios otorgados por el empleador de acuerdo al momento de la extinción del vínculo laboral. Dentro de este concepto pueden haber bonos, comisiones o beneficios económicos adicionales a los contemplados por la ley.

¿Qué hacer en caso de un incumplimiento de pago?

El trabajador tendrá la opción de recurrir a un proceso inspectivo realizado por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) o un proceso conciliatorio en el MTPE. Asimismo, podrías recurrir a un proceso judicial, aunque lo recomendable es iniciar un reclamo directo al empleador y procurar los buenos términos de la relación laboral.

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