4 opciones para reinvertir el retiro de hasta 4 UIT de la AFP
Luego de que el Ejecutivo promulgara el séptimo retiro de hasta 4 UIT (S/ 20,600.00) del fondo de pensiones de los afiliados a las AFP, muchos peruanos están aún decidiendo si efectuar o no ese retiro. Mientras se espera que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publique el reglamento que indique el proceso operativo, es importante recordar que existen en el mercado algunas alternativas para reinvertir sabiamente ese dinero y evitar gastar el ahorro para la vejez de un día a otro.
«Ante la posible inyección de liquidez en las cuentas de ahorros de muchos peruanos afiliados al SPP, resulta vital asumir con responsabilidad el potencial dinero del futuro en el presente, pues al momento de retirar el dinero de sus fondos de pensiones y volverlo disponible, un mal uso de este excedente podría poner en riesgo su futuro económico», indicó Catherine Chu, Experience Owner en tyba por Credicorp Capital.
tyba por Credicorp Capital, la plataforma integral de inversiones para clientes del BCP que brinda acceso a productos de calidad mediante tecnología y asesoría, brinda estas alternativas y recomendaciones en caso de que hayas tomado la decisión de retirar el dinero y no sabes en qué invertir.
Depósito a plazo fijo
Hoy en día hay diversas entidades financieras como bancos, financieras y cajas municipales que ofrecen una opción de inversión de renta fija que te permite conocer las ganancias que obtendrás desde el primer momento y el tiempo de inversión.
Esta alternativa es conservadora porque no se exponen al riesgo de mercado y están protegidas con el Fondo de Seguro de Depósito, el cual cubre a clientes por hasta S/ 122,420.00 para el periodo marzo 2024 a mayo 2024. Es importante destacar que la rentabilidad es fija durante el periodo pactado y no puedes disponer de ese dinero hasta que se cumpla el plazo. Sin embargo, esto no quiere decir que esta opción esté libre de riesgo, pues hay que recordar que toda inversión conlleva riesgo.
Fondos Mutuos
Esta alternativa de inversión funciona como instrumentos que agrupan el dinero de muchos inversionistas con el objetivo de invertir en varios activos y rentabilizarlo de forma colectiva. Al invertir en un fondo de estos se adquiere un pedazo de participación del mismo. Los fondos mutuos te permiten diversificar tus inversiones, y, por lo tanto, mitigar el riesgo. Es una forma fácil de acceder a una variedad de activos (bonos, acciones, depósitos a plazo, ETFS, entre otros) al mismo tiempo desde montos más accesibles y con una gestión y administración eficiente por profesionales.
Dentro de los fondos mutuos, existen también los distributivos, que generan cupones periódicamente, y los estructurados, que buscan proteger el 100% del capital invertido y tener la posibilidad de recibir un cupón contingente.
Fondos Voluntarios
Invertir en la misma AFP es otra alternativa a través de los Aportes Voluntarios con o sin fin previsional que se presentan como una opción, y esta vez voluntaria, para que los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (SPP) puedan decidir cómo y con cuánto jubilarse, con cargo a la devolución de impuesto a la renta de cuarta y quinta categoría, o de cualquier otro tributo o saldo a favor.
Acciones
Esta cuarta alternativa se refiere a activos financieros de renta variable que representan una parte del patrimonio de una empresa, por lo tanto, te conviertes en dueño de un pedazo de dicha empresa. Dependiente del tipo de acción, estas pueden dar derecho a voto en asambleas y/o derecho a dividendos (no todas las empresas entregan dividendos). Este activo tiene alta afinidad con los inversionistas que les gusta asumir más riesgos a cambio de un potencial de retorno mayor, no obstante, cualquier tipo de inversionista puede incluirlo dentro de su portafolio de inversión si se hace con una adecuada diversificación y visión a largo plazo.
Cabe destacar que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP tiene no más de 15 días para publicar el reglamento, un documento que sirve de guía para cumplir con la disposición. A partir de ese momento, los afiliados podrían ingresar sus solicitudes de retiro de manera física o virtual dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la ley.
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